RESOLUCIÓN Nº 110-2019 -H.C.D.-

Fija los montos de los viáticos a reconocer en las comisiones de servicios de la Cámara de Diputados a las localidades de La Adela y 25 de Mayo

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictado el 18-12-2019.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

VISTO:

 

          La Resolución Nº 093/15-PCD; y,

           

 

CONSIDERANDO:

 

          Que, por artículo 2º de dicha Resolución, se establece que cuando el destino de las comisiones de servicio sean las localidades de La Adela o 25 de Mayo, el valor de los viáticos será el fijado para las comisiones fuera de la provincia de La Pampa;

 

          Que, los argumentos se basan en los altos costos de hospedaje y demás servicios vinculados, los cuales tornan insuficiente el emolumento percibido por los comisionados;

 

          Que, según el artículo 4º de la Resolución precitada, su vigencia es hasta el 10 de diciembre de 2019 o hasta la fecha en que se modifíque la situación de las localidades mencionadas;

 

          Que, el acompañamiento o traslado a las autoridades electas a actos protocolares generalmente genera un regreso a altas horas de la madrugada, con lo cual, se considera necesario adecuar el valor de la comisión de servicio, cuando esté razonablemente justificado;

 

          Que, el mandato de ésta gestión concluye el 10 de diciembre de 2023 y, por lo tanto, no debe condicionarse al sucesor/a del cargo con medidas de esta naturaleza;

 

           

 

POR ELLO:

 

LA PRESIDENTA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Derogase la Resolución Nº 093/15-PCD.-

 

Artículo 2º.- Establézcase que, cuando el destino final de las comisiones de servicios sean las localidades de La Adela o 25 de Mayo, el valor de los viáticos, será el fijado para las comisiones fuera de La Pampa.

Artículo 3º.- Facúltese al señor Secretario Administrativo a fijar, cuando razones así lo justifiquen, como día completo dentro de la provincia el valor de la comisión de servicios realizada por integrantes de la custodia personal o agentes de esta Cámara, acompañando o trasladando a autoridades a actos protocolares.

 

Artículo 4º.- La presente Resolución tendrá vigencia hasta el 10 de diciembre d e2023 o hasta la fecha en que se modifique la situación en las localidades mencionadas en el artículo 2º, para las comisiones realizadas por éste artículo.

 

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario Administrativo de esta Cámara de Diputados.

 

Artículo 6º.- Regístrese y comuníquese. Pase a las Secretarías Administrativa, Legislativa y Prosecretaria. Tomen conocimienot Dirección General de Administración, Intendencia de Cámara y Departamento Contable Financiero, archívese.

 

Firmantes: Dr. Mariano Alberto Fernandez - Vicegobernador de La Pampa - Presidente Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa.  C.P.N. Jorge R. Dlouky - Secretario Administrativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa